Un tribunal ordenó al Congreso de Nayarit despenalizar el aborto. Se estableció que es un acto de violencia y discriminación la criminalización del aborto, ya que reduce a que el único fin de las mujeres y personas gestantes es la procreación.
El amparo establece que el Congreso de Nayarit tiene que derogar los artículos que sancionan el aborto, entre el 18 de agosto y 30 de diciembre.
Sanciones por abortar en Nayarit
- Se establecen sanciones de cárcel y multas económicas para la madre que voluntariamente recurra al aborto o autorice que alguien más lo haga.
- De 4 meses a un año de prisión y multa hasta de 5 días, a la madre que voluntariamente procure un aborto o consienta en que otro la haga abortar.
- Si concurrieren que no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo, que éste sea fruto de una unión ilegítima y/o que el aborto se efectúe dentro de los primeros cinco meses del embarazo.
- Si alguna de esas circunstancias no se cumple, se aplicará de uno a tres años de prisión y multa hasta de veinte días de salario.
- La misma sanción se aplicará a la persona que ejecute el aborto, aunque si ya había cometido esa práctica, la reincidencia se sanciona con pena de uno a cuatro años de prisión y multa hasta de cuarenta días de salario.
- Pero si la madre o persona gestante no dio su consentimiento la prisión será de tres a seis años y multa hasta de cincuenta días de salario; si se ejerce violencia física o moral, la sanción va de seis a ocho años de prisión y multa hasta de sesenta días de salario.
- Si el aborto lo causare un médico cirujano, comadrón o partera, además de las sanciones que le corresponden conforme se le suspenderá de uno a cinco años en el ejercicio de su profesión.
- No habrá sanción por un accidente ni si el embarazo es resultado de una violación.
- Tampoco se sanciona si éste se realiza para salvar la vida de la persona embarazada.