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¿Donde puedo abortar?

Centro Medico Mujer

Aquí te mostramos los motivos o supuestos por los que se puede abortar en los distintos estados de México. Pincha en ellos y podrás ver la ley de cada Estado.

El aborto en los códigos penales de las entidades federativas

En la siguiente tabla, se muestran los estados de México, donde según el tipo de causa que provocó el embarazo, esta permitido realizar o no el aborto.

Estado Violación Imprudencia o culposo Peligro de muerte Malformaciones graves Grave daño a la salud Otras causas
Aguascalientes Si Si Si     Si (4)
Baja California Si (1) Si Si     SI (2)(4)
B. California Sur Si (5) Si Si Si Si SI (2)(4)
Campeche Si Si Si      
Coahuila Si (1) Si Si Si   Si (4)
Colima Si (1) Si Si Si   SI (2) Si (4)
Chiapas Si (1)   Si Si    
Chihuahua Si (1) Si *   Si SI (2)
Ciudad de México Si (5) Si * Si Si SI (2)(4)
Durango Si Si Si      
Guanajuato Si Si        
Guerrero Si (1) Si   Si   SI (2)(4)
Hidalgo Si Si * Si Si SI (2)(4)
Jalisco Si Si Si   Si  
México Si Si Si Si    
Michoacán Si Si Si   Si  
Morelos Si Si Si Si   SI (2)
Nayarit Si Si Si   Si  
Nuevo León Si   Si   Si  
Oaxaca Si (1) Si Si Si Si Si(4)
Puebla Si Si Si Si    
Querétaro Si Si        
Quintana Roo Si (1) Si Si Si    
San Luis Potosí Si Si Si     SI (2)
Sinaloa Si Si Si     Si (4)
Sonora Si   Si      
Tabasco Si - Si     SI (2)
Tamaulipas Si Si Si   Si  
Tlaxcala Si Si Si   Si  
Veracruz Si (1) Si Si Si   SI (2)(4)
Yucatán Si Si Si Si   SI (3)
Zacatecas Si (5) Si Si   Si  

 

(1) En estos Estados la ley contempla plazos interrumpir del embarazo, entre 10 semanas y 3 meses a partir del embarazo o violación.
(2) Una inseminación artificial no consentida.
(3) Por causas económicas, cuando la mujer tenga al menos tres hijos.
(4) Por voluntad de la mujer, hasta las 12,6 semanas de gestación. 13 semanas en Sinaloa.
(5) Existe procedimiento para el aborto en caso de violación, en el Código de Procedimientos Penales.
SI / Esta causal sí está considerada en el Código Penal del estado.
* / Aunque no se menciona explícitamente en el Código Penal de la entidad, esta causal queda comprendida en “grave daño a la salud”.
- / A partir de una interpretación integra de los artículos 14 y 61 del Código Penal de Tabasco. El aborto causado son la intervención de la voluntad de la mujer o del médico, no será sancionable.

México despenaliza el aborto. En septiembre del 2023, la Suprema Corte de Justicia, declaro inconstitucional que se persiga a ninguna mujer en ninguna parte de todo el territorio Mexicano por realizar una interrupción del embarazo o por realizarse un aborto. Los médicos que realicen la interrupción del embarazo no podrán tampoco ser criminalizados por esta acción.

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