Cerrar buscador
¿Necesitas ayuda?
¡Llama ahora!
Te llamamos?
  1. Inicio
  2. Blog
  3. Aborto
  4. SCJN rechaza que despenalización aborto Tlaxcala sea inconstitucional

Centro Medico Mujer

SCJN rechaza que despenalización aborto Tlaxcala sea inconstitucional

| Blog | Aborto

Pleno de la Corte rechazó revisar recurso de inconstitucionalidad contra la despenalización del aborto en caso de alteración genética

derecho de las mujeres al abortoDerecho de las mujeres al aborto


Este jueves 13 de agosto la SCJN determinó no revisar una acción de inconstitucionalidad contra la despenalización del aborto en Tlaxcala en caso de alteración genética. Este recurso había sido promovido por la Comisión de Derechos Humanos.  Se impugnaba el artículo 243 del Código Penal en el que se permitía la interrupción legal del embarazo en el causal de alteración genética o congénita del producto.  En este mismo artículo se recoge que las mujeres pueden abortar legalmente en el supuesto de violación, riesgo para su vida o su salud e inseminación artificial no consentida.

La acción de inconstitucionalidad 41/2013 eliminó el quinto causal en diciembre de 2013, que despenalizaba el aborto cuando dos médicos diagnosticaran que el producto presentaba alteraciones genéticas o congénitas graves. Siempre y cuando se contara con el consentimiento de la madre. Y del padre…

Pero el 23 de abril de 2015 se volvió a incluir este quinto causal y volvió a ser legal en Tlaxcala interrumpir el embarazo en caso de alteraciones genéticas.

La Comisión de Derechos Humanos pedía la vigencia del recurso de inconstitucionalidad para juzgar el delito de las mujeres que hubieran abortado bajo este supuesto entre diciembre de 2013 y abril de 2015. Sólo el ministro Luis María Aguilar Morales votó a favor, habida cuenta de que no se ha registrado ningún caso en ese periodo de poco más de un año. Si se presentara algún expediente, se aplicará la legislación vigente, que lo permite.

Tlaxcala sigue siendo, pues, uno de los estados con más causales (cinco) para la interrupción legal del embarazo: conducta culposa de la mujer embarazada, violación, inseminación artificial no consentida, peligro de muerte o daño grave para la salud de la madre.

México DF le supera con su ley de plazos, donde es legal abortar hasta las 12 semanas sin indicar ningún supuesto. El causal por violación está contemplado en el ámbito nacional. Sin embargo, según el Informe de GIRE: "Niñas y Mujeres sin Justicia”, sobre derechos sexuales y reproductivos en México, sólo 6 procuradorías autorizaron abortos por esta causa. Se trata de Baja California, Chihuahua, DF, Oaxaca, Puebla y San Luis Potosí.  

 
Subir arriba