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El derecho al aborto, el mismo delito que matar o robar

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Durante 2017, 479 personas fueron criminalizadas por aborta en México. El registro del delito, tipificado tal cual, se inició en diciembre del 2016




Desde que se hizo público el número de carpetas abiertas por las investigaciones del delito de aborto, defensoras y defensores de los derechos humanos se han pronunciado en contra de este tipo de catalogación.

Ciudad de México ocupa el primer lugar de carpetas abiertas por aborto, si bien no se diferencia entre mujeres que se han sometido un aborto y profesionales que han practicado dicha interrupción del embarazo.

En la Ciudad de México es legal interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas sin alegar ningún causal. Tras este plazo, existen otros supuestos despenalizados.

Pese a ello, en los años investigados se han abierto 310 expedientes por el delito de aborto, asimilando así este derecho al de homicidio, robo, violación, etc.

La nueva metodología del SESNSP (Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública) no detalló si eran mujeres o profesionales, pero sí que 131 casos corresponden a 2015 (42% del total del país), 105 a 2016 y 74 a 2017.

La segunda entidad con más carpetas investigadas es Baja California con 72 casos en 2017. En los medios de comunicación se ha comentado mucho el caso de una chica de 23 años investigada por delito de "autoaborto" contra la que finalmente no se tomaron medidas cautelares. En este estado los causales despenalizados son riesgo para la vida de la madres, violación (como en todo el país), conducta no culposa o inseminación artificial no consentida.
Otro de los estados que ha aparecido en los medios estos días ha sido Colima ya que cinco mujeres estaban siendo investigadas por aborto. El SNSP, en el citado reporte de 2017, detalló que en Colima se habían podido cometer hasta cinco abortos supuestamente ilegales durante febrero, marzo, abril y agosto. Aunque trascendió que las mujeres habían sido retenidas en el Centro de Reinserción Social, hemos tenido acceso a otra nota de prensa en la que el gobierno colimense desmentía esta información, diciendo que no se habían producido detenciones. Sí que se habían realizado cinco denuncias por este delito, pero no fuero judicializadas. En Colima es legal abortar en caso de violación, en caso de peligro de muerte para la mujer, conducta culposa de las mujeres (aborto no voluntario), técnica de reproducción asistida indebida y graves patologías fetales.  

El INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos) ha ordenado al IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) reportar sobre todos los procedimientos de abortos practicados e incluso solicitados entre el 24 de marzo de 2016 al 9 de octubre de 2017  por violencia familiar o sexual. Además, también se deberá informar sobre las clínicas de interrupción del embarazo, hospitales o centros médicos donde se practiquen abortos. Se habrá de  precisar el método usado, la edad y en qué casos se dio vista al agente del Ministerio Público.
Recordamos que para el aborto en caso de violencia sexual ha de aplicarse la NOM046, por lo que no se requiere denuncia.

Esta solicitud responde a la declaración del IMSS de que no le constaba haber realizado interrupciones del embarazo, tras negar esta información a un particular.

Desde aquí consideramos que el derecho a decidir pertenece a cada mujer y que no debe criminalizarse. Pero solo hay algunos causales o plazos despenalizados. Otro caso sería si alguna de las investigaciones abiertas respondiera a un aborto realizado contra la voluntad de las mujeres, ya que no se especifica.

 
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