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Constitución Ciudad de México y derecho al aborto

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La Constitución no modificará su artículo 11 para poner en duda el derecho a decidir de las mujeres

Derecho al AbortoDerecho al Aborto


La Asamblea Constituyente Ciudad de México rechazó el pasado 4 de enero las propuestas de introducir en la Constitución el texto “protección de la vida desde el momento de la concepción” (este cambio de redacción en muchas regiones abre la puerta a la prohibición del aborto). Evitándolo se protege el derecho a decidir de las mujeres sobre su maternidad. Sin embargo la constitución podría sufrir otras reformas durante todo el mes de enero.

Las diferentes propuestas de redacción, un claro ataque contra los derechos reproductivos, fueron presentadas por legisladoras y legisladores de PAN (Partido de Acción Nacional), PRI (Partido Revolucionario Institucional), PVEM (Partido Verde Ecologista de México) y PES (Partido Encuentro Social).  El pleno rechazó por mayoría discutir las reservas al artículo 11 presentadas por estos partidos.

El artículo 11 versa sobre el derecho a la autodeterminación personal, la sexualidad, la reproducción, la familia, la justicia y la libertad de creencias.  Se establece que las personas tienen derecho a una sexualidad sin ningún tipo de discriminación, que se respete la orientación sexual y la identidad de género.

Fue aprobado en lo general con 83 votos a favor, 3 en contra y 3 abstenciones. Se desecharon las propuestas para  modificarlo al no admitir su discusión.

Sin embargo sí que hubo intervenciones sobre este particular. En defensa del texto del artículo 11, la legisladora del Ejecutivo, Beatriz Pagés Llergo Rebollar, defendió el derecho a la libre autodeterminación individual y la sexualidad, por lo que estaba en contra de las modificaciones.  En su opinión, la redacción actual permite a las personas decidir sobre su vida sexual y reproductiva.

Las legisladoras también manifestaron cómo el artículo incluye los derechos de las familias y el derecho a una vida sin violencia, incluyendo la violencia obstétrica.

Lisbeth Hernández Lecona, del PRI, defendió la introducción del párrafo de “la vida desde la concepción”, quien consideraba adecuada su inclusión en el artículo constitucional por considerarlo un derecho humano. El mismo argumento usó su compañera María de la Paz Quiñonez, que en 2007 votó en contra de la despenalización del aborto. Cecilia Romero Castillo, perteneciente al PAN, manifestó que el artículo se oponía a la discriminación de las minorías pero no protegía la vida desde la concepción.

En el otro sentido, Morena (Movimiento Regeneración Nacional), presentó una propuesta para incluir dentro del mismo artículo, en el apartado F, el derecho a decidir de las mujeres sobre su propio cuerpo.  Todas estas reservas no se admitieron para su discusión al no considerarse pertinente su inclusión en un texto constitucional ya aprobado.

En México, según Guttmacher Institute y El Colegio de México, el 54% de los embarazos no planeados en 2013 acabó en aborto inducido y 12 % en aborto espontáneo. La experta feminista Marcela Lagarde y de los Ríos, el pasado diciembre, ya afirmó que la Constitución Política de la Ciudad de México no debía ser una mera declaración de intenciones sino un documento garante de derechos e incluir la interrupción del embarazo. Si bien sabía que no podía nombrarse expresamente, se refirió al artículo 11 y a los 8 dictámenes presentados entonces que sí hablaban  de este derecho y otros como la autonomía de niñas y adolescentes.

 
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